LEY CONTRA LA VIOLENCIA DOMESTICADECRETO No.132-97CAPITULO INATURALEZA Y ALCANCE
ARTICULO 1.- Las disposiciones de la presente Ley son de orden Público, de ineludible observancia y tienen por objeto proteger la integridad física, sicología, patrimonial y sexual de la mujer, contra cualquier forma de violencia por parte de su cónyuge, ex-cónyuge, compañero, ex-compañero de hogar o cualquier relación a fin a una pareja en la que medie, haya mediado o no cohabitación, incluyendo aquéllas relacionados en las que se sostiene o se haya sostenido una relación sentimental. Los derechos aquí consagrados son universales.
Todo acto de discriminación y violencia doméstica contra la mujer será sancionado de conformidad con la presente Ley, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y otras que se suscriban en el futuro sobre la materia.
ARTICULO 2.- El Estado adoptará como política pública las medidas que sean necesarias para prevenir, sancionar y en definitiva erradicar la violencia doméstica contra la mujer, por tanto promoverá y ejecutará, en su caso, los compromisos y lineamientos de política que se señalan a continuación:
1) Promover y ejecutar medidas interrelacionadas y globales que incluyan soluciones a corto y a largo plazo que coadyuven a la prevención y erradicación de la violencia contra la mujer.
2) Brindar asistencia y protección inmediata a las mujeres que sufran violencia doméstica, impulsando la creación de nuevos servicios públicos y fortaleciendo los ya existentes;
3) Formular con la participación directa de los gobiernos locales o municipales, planes gubernamentales de acción, los cuales deberán ser concertados con las distintas organizaciones de la sociedad civil hondureña, acogiendo sus iniciativas y recuperando sus experiencias.
4) Estos planes deberán ser revisados y evaluados periódicamente; y, Las demás que sean necesarias para garantizar el pleno goce de los derechos y libertades de las mujeres.
ARTÍCULO 3.- En la aplicación de la presente Ley, se observarán los principios de: Acción pública, gratuidad, celeridad y secretividad.
ARTICULO 4.- Para la presentación de una denuncia y solicitud de mecanismos de protección a que se refiere esta Ley, no se requerirá el patrocinio de un profesional del Derecho; ello no obstante, en la substanciación procesal posterior sí serán necesarios los servicios de dichos profesionales. Para garantizar la gratuidad, las instituciones ya sean dederecho público o privado que ejecuten programas o proyectos de atención legal a mujeres que sufren violencia doméstica, como: Ministerio Público, Defensa Pública, Consejería de Familia o cualquier organización no la gubernamental, deberán suministrar asistencia técnica oportuna. A los efectos de la presente Ley, todo testigo es hábil para declarar y todos los días y horas son hábiles para la práctica de actuaciones. El procedimiento a aplicar será oral.
CAPITULO IIDE LAS DEFINICIONES
ARTICULO 5.- A los efectos de la presente Ley se entiende por:
Violencia Doméstica: Todo patrón de conducta asociado a una situación de ejercicio desigual de poder que se manifieste en el uso de la fuerza física, violencia psicológica, patrimonial, sexual, intimidación o persecución contra la mujer; y, 2) Ejercicio desigual de Poder: Toda conducta dirigida a afectar, comprometer o limitar el libre desenvolvimiento de la personalidad de la mujer por razones de género.
Se consideran formas de violencia doméstica:
1) Violencia Física: Toda acción u omisión que produce un daño o menoscabo a la integridad corporal de la mujer, no tipificada como delito en el Código Penal.
2) Violencia Psicológica: Toda acción u omisión cuyo propósito sea degradar o controlar las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de la mujer, por medio de la intimidación, manipulación, amenaza directa o indirecta, humillación, aislamiento, encierro ocualquier otra conducta u omisión que implique un perjuicio en la salud psicológica, el desarrollo integral o la autodeterminación de la mujer;
3) Violencia Sexual: Toda conducta que entrañe amenaza o intimidación que afecte la integridad o la autodeterminación sexual de la mujer, no tipificada como delito en el Código Penal vigente y sus reformas; y,
4) Violencia Patrimonial: Todo acto violento que cause deterioro o pérdida de objetos o bienes materiales de la mujer o del núcleo familiar.
En este Blog podras encontrar informacion acerca de la Violencia Domestica en Honduras y sus efectos en nuestra sociedad, asi como donde encontrar ayuda si en tu familia estas pasando por algun tipo de Violencia.
viernes, 5 de noviembre de 2010
LEY CONTRA LA VIOLENCIA DOMESTICA HONDURAS
Encuesta sobre la Violencia Domestica en Honduras
Grafico Circular | ||||||
Se encuestaron 130 personas con | ||||||
relación sobre qué clase de violencia | ||||||
es más predominante | ||||||
Cuadro sinóptico de conversiones de % y grados | ||||||
# | clase de violencia | % | grados | |||
1 | física | 38.46 | 138 | |||
2 | psicológica | 26.15 | 94 | |||
3 | sexual | 12.30 | 44 | |||
4 | económica | 23.07 | 84 | |||
Total | 100% | 360° | ||||
Física = 50 personas 50/130 = 0.3846153x100 = 38.46%x3.6°= 138.461 ≈ 138° | ||||||
Psicológica = 34 personas 34/130 = 0.2615384x100 = 26.15%x3.6°=94.153 ≈ 94° | ||||||
Sexual = 16 personas 16/130 = 0.12307692x100 = 12.30%x3.6°= 44.307 ≈ 44° | ||||||
Económica = 30 personas 30/130 = 0.2307692x100= 23.07%x3.6° = 83.076 ≈ 84° | ||||||
Total = 130 |
Videos de Violencia Domestica
No dejes que esto ocurra en tu Hogar
http://www.youtube.com/watch?v=DVwJ1v-CezE
http://www.youtube.com/watch?v=mtRRU05RoQE
STOP A LA VIOLENCIA!!!
http://www.youtube.com/watch?v=N31Q7snKZyU
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STOP A LA VIOLENCIA!!!
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La Violencia Domestica e intrafamiliar
Violencia familiar:
Se define como los malos tratos o agresiones físicas, psicológicas, sexuales o de otra índole, infligidas popersonas del medio familiar y dirigida generalmente a los miembros más vulnerables de la misma: niños, mujeres y ancianos.
Violencia de género:
Este término hace referencia a la violencia específica contra las mujeres, utilizada como instrumento para mantener la discriminación, la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Comprende la violencia física, sexual y psicológica incluidas las amenazas, la coacción, o la privación arbitraria de libertad, que ocurre en la vida pública o privada y cuyo principal factor de riesgo lo constituye el hecho de ser mujer.
Violencia en la pareja:
Se define como aquellas agresiones que se producen en el ámbito privado en el que el agresor, generalmente varón, tiene una relación de pareja con la víctima. Dos elementos deben tenerse en cuenta en la definición: la reiteración o habitualidad de los actos violentos y la situación de dominio del agresor que utiliza la violencia para el sometimiento y control de la víctima.
Formas de violencia:
Fisica:
Lesiones corporales infligidas de forma intencional: golpes, quemaduras, agresiones con armas, etc.
Psicológica:
Humillaciones, desvalorizaciones, críticas exageradas y públicas, lenguaje soez y humillante, insultos, amenazas, culpabilizaciones, aislamiento social, control del dinero, no permitir tomar decisiones.
Sexual:
Actos que atentan contra la libertad sexual de la persona y lesionan su dignidad: relaciones Sexuales forzadas, abuso, violación.
CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA DOMÉSTICA
- Violencia transgeneracional: se ha establecido relación entre los
- Alta tolerancia a situaciones de violenciaConsecuencias para el agresor:
- Incapacidad para vivir una intimidad gratificante con su pareja
- Riesgo de detención y condena
- Aislamiento y pérdida de reconocimiento social
- Sentimientos de fracaso, frustración y resentimiento
- Rechazo familiar y social Dificultad para pedir ayuda psicológica y psiquiátrica
La gravedad de sus consecuencias físicas y psicológicas tanto para la víctima como para la familia hacen de la violencia doméstica un importante problema de salud con intensa repercusión social.
Consecuencias del maltrato para la mujer
A nivel físico:
Lesiones de todo tipo, traumatismos, heridas, quemaduras, relaciones sexuales forzadas, enfermedades de transmisión sexual, embarazos de riesgo y abortos, muerte.
A nivel psicológico:
- Trastornos por estrés post-traumático
- Ansiedad
- Depresión
- Intentos de suicidio
- Abuso del alcohol, las drogas y los psicofármacos
- Trastornos por somatización
- Disfunciones sexuales Uso de la violencia con sus propios hijos
A nivel social:
- Aislamiento social
- Pérdida de empleo
- Absentismo laboral
Consecuencias sobre los hijos:
- Riesgo de alteración de su desarrollo integral
- Sentimientos de amenaza (su equilibrio emocional y su salud física están en peligro ante la vivencia de escenas de violencia y tensión).
- Dificultades de aprendizaje
- Dificultades en la socialización
- Adopción de comportamientos violentos con los compañeros
- Mayor frecuencia de enfermedades psicosomáticas y trastornos psicopatológicos secundarios Con frecuencia son víctimas de maltrato por el padre o la madre.
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